REPUBLICA DE COLOMBIA
REGISTRADURIA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL
POPAYAN
 
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REGISTRO CIVIL DE NACIMIENTO

Procedimiento:

Solo se inscribe el nacimiento de quienes nacen vivos

El Registro Civil de Nacimiento, el de Matrimonio y el de Defunción se tramitan en el mismo municipio en donde ocurrió el hecho, en las siguientes dependencias:
• Registradurías Especiales
• Registradurías Municipales
• Registradurías Auxiliares; Notarías; Inspecciones de Policía y Corregimientos autorizados y Consulados.

Requisitos:

• Presentar al niño y/o niña ante el funcionario de Registro Civil para que tome la información relativa al nombre, fecha de nacimiento, nombre de los padres y la huella del menor.

HASTA UN MES DE NACIDO

Uno de estos dos requisitos:

• Certificado de nacido vivo expedido por el médico o la enfermera del hospital donde ocurrió el nacimiento o Declaración bajo juramento de dos (2) testigos mayores de 18 años, con cédula de ciudadanía, a quienes conste que el niño o niña nació vivo. Esta declaración puede hacerse directamente ante el Registrador.

DESPUÉS DE UN MES DE NACIDO

Uno de estos tres requisitos:

• Certificado de nacido vivo expedido por el médico o la enfermera del hospital donde ocurrió el nacimiento o Partida de bautizo o del documento eclesiástico expedido por la iglesia o congregación en donde se realizó el bautismo, anexando una certificación de la arquidiócesis o la de celebración de convenio de derecho público interno con el Estado Colombiano o
• Declaración bajo juramento, ante el funcionario de Registro Civil, de dos testigos mayores de 18 años, con cédula de ciudadanía, a quienes conste el nacimiento de la persona que se va a registrar.

 

Registraduria Nacional del Estado Civil - Popayán
Calle 4 # 8-82